Artículo 1838 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título séptimo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Tampoco tiene derecho el comodatario para retener el bien a pretexto de lo que por expensas o por cualquiera otra causa le deba el dueño.