Artículo 1899 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título noveno. Del mandato · Capítulo II. Obligaciones del mandatario con relación al mandante
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si un accidente imprevisto hiciere, a juicio del mandatario, perjudicial la ejecución de las instrucciones recibidas, podrá suspender el cumplimiento del mandato comunicándolo así al mandante, por el medio más rápido posible.