Artículo 1925 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título noveno. Del mandato · Capítulo V. Del mandato judicial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El procurador que revele a la parte contraria, los secretos de su poderdante o cliente, o le suministre documentos o datos que lo perjudiquen, será responsable de todos los daños y perjuicios. Esta responsabilidad es independiente de cualquiera otra que por esos hechos le imponga la ley.