Artículo 2467 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión testamentaria · Capítulo IV. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si el día que debe comenzar el legado fuere seguro, aunque no se sepa cuándo ha de llegar, quien deba entregar el bien legado tendrá respecto de él los mismos derechos y obligaciones del usufructuario.