Artículo 2802 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo V. Del inventario y liquidación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
En tercer lugar se pagarán las deudas hereditarias que fueren exigibles, entendiéndose por éstas las contraídas por el autor de la herencia independientemente de su última disposición y de las que es responsable con sus bienes.