Artículo 419 del Código Civil de Tamaulipas
Libro primero. De las personas · Título séptimo. De la tutela · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
La tutela implica la representación legal del sujeto a ella, y tiene por objeto la guarda de la persona y bienes de quienes no estando bajo patria potestad tienen incapacidad natural y legal, o solamente ésta. También puede tener por objeto la representación interina del incapaz en los casos especiales previstos en la ley. En la tutela se cuidará preferentemente de la persona de los incapacitados. Su ejercicio queda sujeto en cuanto a la guarda y educación de los menores, a lo dispuesto en el artículo 382.