Artículo 113 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título séptimo. De la ejecución de sentencias · Capítulo único. Ejecución de las sanciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Corresponde al Ejecutivo del Estado la ejecución de las sanciones privativas y restrictivas de libertad impuestas por los Tribunales del Estado de Tamaulipas, en sentencia que haya causado ejecutoria y su correspondiente aplicación a las personas sujetas a prisión, y la imposición de las penas, su modificación y duración son propias y exclusivas de la autoridad judicial.
Por cuanto a las sanciones que son impuestas y aplicadas por el Juez, se estará a lo dispuesto por el Código de Procedimientos Penales.