Artículo 161 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título segundo. Delitos contra la seguridad pública · Capítulo I. Evasión de presos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Si la reaprehensión del prófugo se lograre por gestiones del responsable de la evasión, se aplicará a éste la sanción de tres días a un año de prisión.