Artículo 160 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título segundo. Delitos contra la seguridad pública · Capítulo I. Evasión de presos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Se aplicará sanción de seis a catorce años de prisión a los particulares que favorezcan al mismo tiempo la evasión de varias personas privadas de libertad por la autoridad competente. Si los responsables fueren servidores públicos y en el ejercicio de su cargo favorecieren la evasión, se les aplicará además lo previsto en la segunda parte del Artículo anterior y se les inhabilitará para obtener otro durante un período de ocho a doce años.