Artículo 54 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título quinto. De las sanciones · Capítulo I. Penas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
El Juez podrá, a petición y a costa del ofendido, ordenar la publicación de la sentencia en entidad distinta o en algún otro periódico.