Artículo 1355 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo tercero. De la declaracion unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Cuando la oferta a persona indeterminada se haga del conocimiento público, por cualquier medio de publicidad, el escrito que la contenga deberá depositarse en las oficinas de la empresa publicitaria, debidamente firmado por el oferente, y si no puede o no sabe hacerlo, en el documento imprimirá su huella digital y además será ratificado ante Notario Público. La falta de tal escrito hace nacer una responsabilidad solidaria entre el oferente y la empresa publicitaria, a favor del aceptante.