Artículo 2445 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimosexto. De la fianza · Capitulo II. De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Los efectos de la cosa juzgada en contra del deudor, por sentencia obtenida en juicio seguido por el acreedor, no perjudican al fiador, quien puede oponer las excepciones que sean inherentes a la obligación principal o a la fianza, exceptuando las que sean personales del deudor.