Artículo 2460 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimosexto. De la fianza · Capitulo IV. De los efectos de la fianza entre los cofiadores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si son dos o más los fiadores de un mismo deudor y por la misma deuda, el que de ellos la haya pagado podrá exigir de cada uno de los otros la parte que proporcionalmente le corresponda satisfacer.
Si alguno de ellos resultare insolvente, la parte de éste recaerá sobre todos los demás a prorrata.