Artículo 2937 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a la sucesion testamentaria y a la legitima · Capitulo III. De la apertura y transmision de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Mientras se nombra albacea, cualquiera de los herederos puede reclamar la totalidad de la herencia, en representación de ella, sin que el demandado pueda oponerle la excepción de que la herencia no le pertenece por entero.