Artículo 730 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El patrimonio económico es el conjunto de bienes y obligaciones apreciables en dinero que constituyen una universalidad jurídica.
Los derechos subjetivos se reputan bienes cuando son susceptibles de apreciación pecuniaria, considerándose como tales los derechos reales y los personales o de crédito.