CPTLAX · Art. 100

Artículo 100 del Código Penal de Tlaxcala

Otorgamiento de garantía

Libro primero. Disposiciones generales · Título sexto. Aplicación de penas y medidas de seguridad · Capítulo IX. Suspensión condicional de la condena

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026

A fin de lograr el cumplimiento de todas estas obligaciones, el beneficiado con la suspensión condicional otorgará ante el Juez de Control o Tribunal Penal Oral, una garantía que éstos o el Tribunal Superior de Justicia señalarán tomando en consideración las posibilidades económicas del sentenciado, la pena impuesta, la naturaleza del delito y las circunstancias de su comisión.

Dichas cantidades se aplicarán en beneficio del Fondo de Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala)
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Transitorios (40 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 100, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-100/

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