Artículo 104 del Código Penal de Tlaxcala
Derecho a recurrir
Libro primero. Disposiciones generales · Título sexto. Aplicación de penas y medidas de seguridad · Capítulo IX. Suspensión condicional de la condena
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
El sentenciado que considere que al dictarse el fallo definitivo, en el que no hubo pronunciamiento sobre la cstá en aptitud de cumplir con los requisitos para su otorgamiento, podrá promover el recurso respectivo ante la autoridad judicial.onmutación o suspensión condicional de la condena reunía las condiciones fijadas para su obtención y que e