Artículo 411 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título vigésimo quinto. Delitos contra la economía pública estatal · Capítulo II. Delitos contra el trabajo y la previsión social
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Se impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de setenta y dos a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, al patrón que con el solo propósito de eludir el cumplimiento de las obligaciones que le impone la Ley Federal del Trabajo, impute indebidamente a uno o más de sus trabajadores, la comisión de un delito o falta.