Artículo 1057 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo II. De la declaración unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se comprometa a alguna prestación en favor de quien llene determinada condición o desempeñe cierto servicio, contrae la obligación de cumplir lo prometido.