Artículo 684 del Código Civil de Yucatán
Libro segundo. De la posesión y propiedad de los bienes · Título tercero. De la propiedad · Capítulo II. De la Copropiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
La copropiedad se regirá con arreglo a las bases que los interesados establezcan. A falta de éstas, por las disposiciones de este código.