Código Civil de Yucatán
Código Civil de Yucatán

Libro cuarto Título cuarto. De la sucesión legítima

Arts. 2462–251251 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 2462Derogado

Derogado.

Artículo 2463Derogado

Derogado.

Artículo 2464Derogado

Derogado.

Artículo 2465Derogado

Derogado.

Artículo 2466Derogado

Derogado.

Artículo 2467Derogado

Derogado.

Artículo 2468Derogado

Derogado.

Artículo 2469Derogado

Derogado.

Artículo 2470Derogado

Derogado.

Artículo 2471Derogado

Derogado.

Artículo 2472Derogado

Derogado.

Artículo 2473Derogado

Derogado.

Capítulo IIDel derecho de representación

Artículo 2474Derogado

Derogado.

Artículo 2475Derogado

Derogado.

Artículo 2476Derogado

Derogado.

Artículo 2477Derogado

Derogado.

Artículo 2478Derogado

Derogado.

Artículo 2479Derogado

Derogado.

Artículo 2480Derogado

Derogado.

Capítulo IIIDe la sucesión de los descendientes

Artículo 2481Derogado

Derogado.

Artículo 2482Derogado

Derogado.

Artículo 2483Derogado

Derogado.

Artículo 2484Derogado

Derogado.

Artículo 2485Derogado

Derogado.

Artículo 2486Derogado

Derogado.

Artículo 2487Derogado

Derogado.

Artículo 2488Derogado

Derogado.

Artículo 2489Derogado

Derogado.

Capítulo IVDe la sucesión de los ascendientes

Artículo 2490Derogado

Derogado.

Artículo 2491Derogado

Derogado.

Artículo 2492Derogado

Derogado.

Artículo 2493Derogado

Derogado.

Artículo 2494Derogado

Derogado.

Artículo 2495Derogado

Derogado.

Artículo 2496Derogado

Derogado.

Artículo 2497Derogado

Derogado.

Artículo 2498Derogado

Derogado.

Artículo 2499Derogado

Derogado.

Artículo 2500Derogado

Derogado.

Capítulo VDe la sucesion del cónyuge, de la concubina y del concubinario

Artículo 2501Derogado

Derogado.

Artículo 2502Derogado

Derogado.

Artículo 2503Derogado

Derogado.

Artículo 2504Derogado

Derogado.

Capítulo VIDe la sucesión de los colaterales

Artículo 2505Derogado

Derogado.

Artículo 2506Derogado

Derogado.

Artículo 2507Derogado

Derogado.

Artículo 2508Derogado

Derogado.

Artículo 2509Derogado

Derogado.

Artículo 2510Derogado

Derogado.

Capítulo VIIDe la sucesión del fisco del estado

Artículo 2511Derogado

Derogado.

Artículo 2512Derogado

Derogado.

Índice · CCYUC