Artículo 197 del Código Penal de Yucatán
Libro segundo. De los delitos en particular · Título quinto. Delitos contra la salud pública · Capítulo IV. Delitos en Materia de Comestibles y Bebidas
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 28 de julio de 2026
Las sanciones a que se refiere este Capítulo serán sin perjuicio de las que correspondan imponer si resultare cometido otro delito.