Artículo 1003 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título primero. Fuente de las obligaciones · Capítulo segundo. De los actos jurídicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Si todas las partes en un acto jurídico proceden con dolo, ninguna de ellas puede alegar la nulidad del acto ni reclamar indemnización, quedando a salvo los derechos de terceros para tales fines.