Artículo 176 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo cuarto. De la ocupación de los tesoros
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Para los efectos de los artículos que siguen, se entiende por tesoro, el depósito oculto en dinero, alhajas, objetos preciosos, artísticos y joyas arqueológicas cuya legítima procedencia se ignore. Nunca se considera un tesoro como fruto de una finca.