Artículo 2090 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimo segundo. De las asociaciones y de las sociedades · Capítulo segundo. De las sociedades disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Los terceros podrán aprovecharse de la existencia de la sociedad, y de los términos del acta que la constituyó, aun cuando no haya sido registrada, pero no se les podrá oponer ese acto en su perjuicio.