LA · Art. 9

Artículo 9 de la Ley Agraria

Titulo tercero. De los ejidos y comunidades · Capítulo I. De los Ejidos · Sección Primera. Disposiciones Generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título.

Leer de corridodentro de Capítulo I. De los Ejidos

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
517367b4be51…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (20 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 9, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-9/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.