LA · Art. 8

Artículo 8 de la Ley Agraria

Titulo segundo. Del desarrollo y fomento agropecuarios

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

En los términos que establece la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal, con la participación de los productores y pobladores del campo a través de sus organizaciones representativas, formulará programas de mediano plazo y anuales en los que se fijarán las metas, los recursos y su distribución geográfica y por objetivos, las instituciones responsables y los plazos de ejecución, para el desarrollo integral del campo mexicano.

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Artículo 8, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-8/

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