LA · Art. 4

Artículo 4 de la Ley Agraria

Titulo segundo. Del desarrollo y fomento agropecuarios

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

El Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales con perspectiva de género, orientadas a elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, en condiciones de igualdad y paridad.

Las organizaciones de productores podrán elaborar propuestas de políticas de desarrollo y fomento al campo, las cuales serán concertadas con el Ejecutivo Federal para su aplicación.

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Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 25-04-2023

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (20 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 4, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-4/

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