LDPAM · Art. 34

Artículo 34 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Título quinto. Del instituto nacional de las personas adultas mayores · Capítulo II. De su gobierno, administración y vigilancia

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de junio de 2024

Las resoluciones o acuerdos del Consejo Directivo se tomarán por mayoría de los miembros presentes, teniendo el Presidente del Consejo voto de calidad en caso de empate.

El Director General del Instituto asistirá a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto.

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Cómo citar

Artículo 34, Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Texto vigente, última reforma DOF 14 jun 2024. https://articuladomx.com/ley-de-los-derechos-de-las-personas-adultas-mayores/articulo-34/

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