LNac · Art. 4

Artículo 4 de la Ley de Nacionalidad

Capítulo I. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 23 de abril de 2012

Independientemente de lo dispuesto en el artículo anterior, la Secretaría podrá exigir al interesado las pruebas adicionales necesarias para comprobar su nacionalidad mexicana, cuando encuentre irregularidades en la documentación presentada. Podrá también hacerlo cuando se requiera verificar la autenticidad de la documentación que la acredite.

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Cómo citar

Artículo 4, Ley de Nacionalidad. Texto vigente, última reforma DOF 23 abr 2012. https://articuladomx.com/ley-de-nacionalidad/articulo-4/

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