LPDUSF · Art. 72 Bis

Artículo 72 Bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

TÍTULO QUINTO. DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE · CAPÍTULO I. DEL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

En los juicios arbitrales en amigable composición o de estricto derecho, las partes de común acuerdo, podrán adherirse a las reglas de procedimiento establecidas por la Comisión Nacional, total o parcialmente, las cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

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  • Artículo adicionado DOF 05-01-2000. Reformado DOF 10-01-2014

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 72 Bis, Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-72-bis/

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