LViv · Art. 54

Artículo 54 de la Ley de Vivienda

Título cuarto. Del financiamiento para la vivienda · Capítulo II. Del Crédito para la Vivienda

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026

El sector público, con la participación que corresponda de los sectores social y privado, diseñará, coordinará, concertará y fomentará esquemas para que el crédito destinado a los distintos tipos, modalidades y necesidades de vivienda sea accesible a toda la población, de conformidad con las previsiones de esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Para la ejecución y complementación de dichos esquemas se procurarán mecanismos de cofinanciamiento entre instituciones públicas, privadas o del sector social, para ampliar las posibilidades económicas de la población en la realización de las acciones de vivienda.

Para fortalecer la capacidad de pago de la población en situación de pobreza, los recursos provenientes del crédito podrán complementarse con subsidios federales, de las entidades federativas y de los municipios, cuyo otorgamiento se sujetará a lo dispuesto por esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

Leer de corridodentro de Título cuarto. Del financiamiento para la vivienda

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
751a2e1d9ecd…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (12 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 54, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-54/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.