Artículo 92 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Titulo cuarto. Sanciones · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de mayo de 2025
Los delitos previstos en los artículos 83, fracciones II, III y IV; 83 Bis; 83 Ter, fracciones II, III y IV; 83 Quáter, fracción II; 83 Sexies; 83 Septies; 84, 85 Bis, fracción III; 86; 87 Bis; 87 Quáter y 87 Quinquies de esta Ley, tratándose de artefactos explosivos improvisados y armas, municiones y materiales reservados para el uso exclusivo de la Fuerza Armada Permanente, ameritan prisión preventiva oficiosa.