Artículo 173 de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capítulo IX. De la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
Por el estudio de la solicitud y, en su caso, expedición de título o prórroga de concesiones en materia de telecomunicaciones o radiodifusión, para el uso, aprovechamiento o explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado, o para la ocupación y explotación de recursos orbitales, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
A.Para uso comercial:
I.Por la expedición del título de concesión $47,555.66
II.Por la prórroga $20,128.17
B.Para uso privado:
I.Con propósitos de comunicación privada:
a). Por la expedición del título de concesión $47,555.66
b). Por la prórroga $20,128.17
II.(Se deroga).
III.(Se deroga).
C.Para uso público y social:
I.Por la expedición del título de concesión $47,555.66
II.Por la prórroga $20,128.17
Cuando la explotación de los servicios objeto de la concesión de bandas de frecuencias o recursos orbitales a los que se refieren los apartados A, B y C, requiera el otorgamiento de un título de concesión única, en términos del segundo párrafo del artículo 54 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el pago de derechos correspondiente al de bandas de frecuencias o recursos orbitales, comprenderá la expedición de la concesión única respectiva.