LFTSE · Art. 121

Artículo 121 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado

Titulo septimo. Del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y del procedimiento ante el mismo · Capitulo I

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Para ser Magistrado del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje se requiere:

I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;

II.- Ser mayor de 25 años, y

III.- No haber sido condenado, por delitos contra la propiedad o a sufrir pena mayor de un año de prisión por cualquier otra clase de delitos intencionales.

El Presidente del Tribunal y los Presidentes de Sala y de Sala Auxiliar, así como el Magistrado nombrado por el Gobierno Federal, deberán poseer título profesional de Licenciado en Derecho, legalmente expedido cuando menos cinco años antes de la designación, y tener un mínimo de tres años de experiencia acreditable en materia laboral.

El Magistrado representate de los trabajadores, deberá haber servido al Estado como empleado de base, por período no menor de cinco años, precisamente anterior a la fecha de la designación.

Leer de corridodentro de Titulo septimo. Del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y del procedimiento ante el mismo

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 12-01-1984
  • Fracción reformada DOF 23-01-1998
  • Párrafo reformado DOF 12-01-1984
  • Párrafo reformado DOF 12-01-1984

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1998»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (15 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 121, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-los-trabajadores-al-servicio-del-estado/articulo-121/

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