Artículo 161 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
Titulo noveno. De los Conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores · Capitulo II
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La audiencia se reducirá a la lectura y discusión del proyecto de resolución del caso y a la votación del mismo por la Comisión de Conflictos Laborales del Poder Judicial de la Federación. Si fuere aprobado en todas sus partes o con alguna modificación, pasará a la Presidenta o Presidente de la Comisión para su cumplimiento.