Artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
Titulo segundo. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Titulares · Capitulo III
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna. El Ejecutivo Federal dictará las normas conducentes para fijar las proporciones y el procedimiento para los pagos en caso de que el trabajador hubiere prestado sus servicios menos de un año.