Artículo 136 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Título segundo. De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados · Capítulo VIII. Del Certificado Complementario
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026
El certificado complementario caducará al vencimiento de su vigencia y los derechos que ampara se incorporarán al dominio público.
La caducidad del certificado complementario no requerirá de declaración administrativa por parte del Instituto.