LFPPI · Art. 88

Artículo 88 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Título segundo. De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados · Capítulo V. De los Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026

El derecho exclusivo de explotación del esquema de trazado protegido confiere a su titular el derecho de impedir a otras personas que, sin su consentimiento:

I.- Reproduzcan en su totalidad el esquema de trazado protegido o cualquiera de sus partes que se considere original por sí misma, en los términos de la fracción IV del artículo 84 de esta Ley, por incorporación en un circuito integrado o en cualquier otra forma, y

II.- Importen, vendan o distribuyan, en cualquier forma, para fines comerciales:

a)El esquema de trazado protegido;

b)Un circuito integrado en el que se incorpore un esquema de trazado protegido, o

c)Un bien que incorpore un circuito integrado que, a su vez, incorpore un esquema de trazado protegido reproducido ilícitamente.

Leer de corridodentro de Capítulo V. De los Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

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Última reforma
(DOF)
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El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 88, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-88/

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