Artículo 7 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025
El proveedor deberá informar de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor.
Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito.