Artículo 150 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Titulo VI. De las Limitaciones del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos · Capítulo II. De la Limitación a los Derechos Patrimoniales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
No se causarán regalías por ejecución pública cuando concurran de manera conjunta las siguientes circunstancias:
I.Que la ejecución sea mediante la comunicación de una transmisión recibida directamente en un aparato monorreceptor de radio o televisión del tipo comúnmente utilizado en domicilios privados;
II.No se efectúe un cobro para ver u oír la transmisión o no forme parte de un conjunto de servicios;
III.No se retransmita la transmisión recibida con fines de lucro, y
IV.El receptor sea un causante menor o una microindustria.