Artículo 31 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Titulo III. De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales · Capítulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Toda transmisión de derechos patrimoniales deberá prever en favor del autor o del titular del derecho patrimonial, en su caso, una participación proporcional en los ingresos de la explotación de que se trate, o una remuneración fija y determinada. Este derecho es irrenunciable.