Artículo 54 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Titulo III. De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales · Capítulo II. Del Contrato de Edición de Obra Literaria
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Los impresores deben hacer constar en forma y lugar visible de las obras que impriman:
I.Su nombre, denominación o razón social;
II.Su domicilio, y
III.La fecha en que se terminó de imprimir.