Artículo 330-D de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEXTO. Trabajos Especiales · CAPÍTULO XII BIS. Teletrabajo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, y establecer mecanismos que garanticen la vinculación y contacto entre las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad.