Artículo 42 Bis de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEGUNDO. Relaciones Individuales de Trabajo · CAPITULO III. Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
En los casos en que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, que implique la suspensión de las labores, se estará a lo dispuesto por el artículo 429, fracción IV de esta Ley.