Artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEGUNDO. Relaciones Individuales de Trabajo · CAPITULO III. Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
I.La enfermedad contagiosa del trabajador;
II.La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
III.La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;
IV.El arresto del trabajador;
V.El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5o de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución;
VI.La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes;
VII.La Falta (sic DOF 04-06-2019) de los documentos que exijan las Leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador;
VIII.La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad, y
IX.La licencia a que se refiere el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social.