Artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO PRIMERO. Principios Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.