LFPIORPI · Art. 23

Artículo 23 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Capítulo III. De las Entidades Financieras y de las Actividades Vulnerables · Sección Tercera. Plazos y formas para la presentación de Avisos

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025

Quienes realicen Actividades Vulnerables de las previstas en el artículo 17 de esta Ley, presentarán ante la Secretaría los Avisos correspondientes, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, según corresponda a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación que le diera origen y que sea objeto de Aviso.

La Secretaría, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación podrá establecer excepciones al cumplimiento de los plazos para la presentación de los Avisos a los que se refiere el presente artículo.

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Última reforma
(DOF)
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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 16-07-2025

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 23, Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-para-la-prevencion-e-identificacion-de-operaciones-con-recursos-de-procedencia-ilicita/articulo-23/

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