Artículo 22 Bis de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Capítulo III. De las Entidades Financieras y de las Actividades Vulnerables · Sección Segunda. De las Actividades Vulnerables
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
La supervisión, verificación y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones aplicables a quienes realizan las Actividades Vulnerables a que se refiere esta Ley, con excepción de las establecidas en la Sección Primera del Capítulo III, se llevará a cabo por la Secretaría.