Artículo 29 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Capítulo III. De las Entidades Financieras y de las Actividades Vulnerables · Sección Cuarta. Avisos por Conducto de Entidades Colegiadas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
La Entidad Colegiada deberá cumplir en tiempo y forma con los requerimientos de información y documentación relacionada con los Avisos que la Secretaría le formule por escrito o durante las visitas de verificación.